Saber qué es un complemento IT, cómo se calcula y entender cómo viene reflejado en la nómina resulta fundamental tanto para profesionales del ámbito laboral como los propios empleados. La razón: constituye un derecho de los trabajadores y trabajadoras como medida de protección frente a situaciones concretas y un elemento esencial del sistema de la Seguridad Social. En este artículo veremos las claves para comprender en detalle este concepto.
- Qué es el complemento IT
- El complemento IT como beneficio empresarial
- El complemento de incapacidad temporal en la nómina
- ¿Se puede quitar el complemento IT?
- El cálculo del complemento IT nómina con a3innuva
Qué es el complemento IT
El complemento por incapacidad temporal o complemento IT es una prestación económica adicional que algunas empresas ofrecen a sus trabajadores y trabajadoras cuando estos se encuentran en situación de incapacidad temporal (IT).Complemento IT y concepto de Incapacidad Temporal
La incapacidad temporal se refiere a esa situación en la que un trabajador o trabajadora no puede desempeñar sus tareas profesionales al encontrarse imposibilitado temporalmente para trabajar y, además, precisa asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social. Esta situación puede derivarse de una enfermedad común, un accidente no laboral, un accidente de trabajo o una enfermedad profesional e incluso como complemento por nacimiento en un permiso por maternidad o paternidad.
Así pues, el complemento de incapacidad temporal o complemento IT sería aquella cantidad de dinero que la organización suma a la nómina del empleado o empleada en situación de baja temporal y siempre como complemento a la cobertura económica mínima garantizada por la Seguridad Social.
Esta cobertura mínima o subsidio público (garantizado para aquellas personas beneficiarias que cumplan los requisitos establecidos por la normativa, por ejemplo, estar afiliadas y en alta en cualquier la de los Regímenes de la Seguridad Social) varía según:
- La base reguladora (BR) o el salario a complementar (bruto, neto, determinados conceptos salariales, etc.)
- Los porcentajes aplicables a la misma.
- El tipo de IT, por contingencias comunes, contingencias profesionales, por menstruación incapacitante secundaria, por interrupción del embarazo o por gestación a partir de la semana 39 del embarazo.
- La situación especial de IT para colectivos específicos de profesionales.
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Los condicionantes que regulen la aplicación del complemento: por ejemplo: solo en los casos de hospitalización, únicamente hasta un número de días de complemento independientemente de las bajas médicas que tenga el empleado, etc.
El complemento IT como beneficio empresarial
El complemento IT es voluntario. Es decir, no es obligatorio por ley, sino que es un beneficio adicional que las empresas pueden ofrecer a sus empleados de manera voluntaria. Sin embargo, de prestarse, sí debe estar regulado en los convenios colectivos de empresa, territoriales o de sectores de actividad.
Flexibilidad en la contribución de la empresa al complemento IT
En dicho documento, es decir, en el convenio colectivo, debe recogerse la cuantía y cómo y en qué momento abonarla. Por ejemplo, puesto que el objetivo del complemento es cubrir la diferencia entre la prestación económica proporcionada por la Seguridad Social o la mutua colaboradora y el salario que el trabajador percibía antes de la incapacidad, la empresa puede optar por prestar un complemento IT que propicie el mantenimiento del nivel de ingresos en un 100%, es decir, igual al que dicha persona tenía antes de su baja.
De hecho, la aplicación y el cálculo del complemento pueden variar considerablemente dependiendo del convenio colectivo aplicable o las políticas internas de la empresa: algunas pueden complementar hasta el 100% del salario, mientras que otras pueden ofrecer un porcentaje menor.
Muchas de las empresas hoy en día apuestan por cubrir a través del complemento IT esos tres primeros días desde el inicio de una enfermedad común o accidente no laboral en los que el profesional no percibe prestación económica alguna. O bien suplementar el 60% de la base reguladora que se cobra por parte de la Seguridad Social entre el día 4 y el 20 de baja IT para llegar hasta el 100%.