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Ya se ha publicado en el BOE la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, que concreta los aspectos técnicos y funcionales del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación.
A partir del 29 de julio de 2025, no se podrá desarrollar ni comercializar ningún sistema informático de facturación que no esté adaptado a esta normativa. Respecto a la implantación en las empresas, la fecha de entrada en vigor sigue siendo la establecida en el RD 1007/2023, de 5 de diciembre, es decir, antes del 1 de julio de 2025, a la espera de que se retrase a una fecha posterior al 29 de julio de 2025. Según la AEAT, previsiblemente se pospondrá como mínimo un semestre, hasta el 1 de enero de 2026.
Desde Wolters Kluwer y en colaboración con la AEAT organizamos este webinar de la mano de los representantes de la Agencia Tributaria que han promovido esta normativa para repasar los detalles de los cambios legales que implica.
Se han analizado los pasos que deben seguir las empresas y los despachos profesionales para cumplir la normativa, sin olvidar las novedades del Reglamento de la Ley Crea y Crece, todavía pendiente de aprobación, que obligará a utilizar la facturación electrónica entre empresas y profesionales