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Fiscal, Contable y Nómina13 noviembre, 2024

Modelo 184: qué es, cuando se presenta y más claves

El modelo 184 es una declaración informativa de carácter anual que afecta a las entidades en régimen de atribución de rentas. No se trata de un modelo tan habitual como otros de la Agencia Tributaria, por lo que en este artículo te contamos quién tiene que presentar el mod 184 y cómo hacerlo.

Modelo 184: ¿para qué sirve?

El modelo 184 es el que presentan las entidades en régimen de atribución de rentas para dar fe de la distribución de sus beneficios o rentas entre los miembros de la entidad, así como de la naturaleza de las rentas obtenidas. Estas entidades son sociedades civiles, comunidades de bienes u otro tipo de entidad mercantil sin personalidad jurídica propia pero que obtienen ingresos propios o desarrollan una actividad económica por la que no tributan de forma directa: no afrontan, por ejemplo, el Impuesto de Sociedades por las rentas que obtienen, pero sí tributan, sin embargo, sus miembros, en virtud de las rentas obtenidas tras el reparto de los beneficios generados por dicha entidad.

Las entidades en régimen de atribución de rentas son, según la Agencia Tributaria:
  • Comunidades de bienes, incluidas comunidades de propietarios.
  • Las herencias yacentes.
  • Las sociedades civiles sin personalidad jurídica o con personalidad jurídica que no tengan un objeto mercantil, dedicadas a actividades agrícolas, ganaderas, forestales y mineras. También las de carácter profesional sometidas a la Ley de sociedades profesionales.
  • Cualquier entidad que, no teniendo personalidad jurídica, constituya una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición.
  • Las constituidas en el extranjero cuya naturaleza jurídica sea idéntica o análoga a la de las entidades en atribución de rentas constituidas de acuerdo con las leyes españolas.

El modelo 184 es una declaración informativa, y por tanto no conlleva el pago directo de impuestos, pero sí podría suscitar sanciones si no es presentado a Hacienda en el plazo estipulado o se hace de forma incorrecta.

¿Qué se declara en el modelo 184?

A través del modelo 184 se declaran las rentas obtenidas por la entidad y atribuidas a personas socias, herederas, comuneras o partícipes. Así, estas personas tributan por las rentas atribuidas como si las hubieran obtenido ellas directamente.
 
Si algún miembro de la entidad es una persona física contribuyente del IRPF, la entidad ha de calcular la renta neta atribuible, de acuerdo con las normas de este impuesto y aplicando las deducciones y reducciones convenientes. 
 
La entidad, de hecho, debe notificar por escrito a sus miembros (durante el mes siguiente a la finalización del plazo de presentación del mod 184) el importe total de las rentas obtenidas por la entidad y la renta atribuible a cada uno de ellos, las bases de las deducciones y el importe de las retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad y por cada uno de sus miembros.

¿Cuándo es obligatorio presentar el modelo 184?

Presentar el modelo 184 de la AEAT es obligatorio tanto para las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en España como en el extranjero, siempre que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales. 
 
Así, no deberán presentar el modelo 184 AEAT las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que, sin embargo, obtengan rentas en territorio español sin desarrollar en el mismo una actividad económica, independientemente del importe de las rentas obtenidas.


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¿Cuándo se presenta el modelo 184 AEAT?

Los plazos de presentación del modelo 184 para las entidades en régimen de atribución de rentas es del 1 de enero al 31 de enero, y su periodicidad es anual. Si por motivos técnicos no es posible presentar el modelo 184 a través de Internet en el plazo citado, podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes a su finalización.
 
En Navarra y el País Vasco, CCAA y diputaciones que cuentan con Haciendas propias, los plazos para el modelo 184 pueden variar, así como otro tipo de requisitos.

Cómo presentar el mod 184

El modelo 184 puede presentarse de forma telemática, a través de internet, en dos modalidades electrónicas:

  • Mediante formulario: disponible para declaraciones de menos de 40.000 registros y mediante identificación con certificado electrónico del declarante.
  • Mediante fichero: para ficheros de mayor tamaño debe utilizarse la presentación mediante fichero. Además del propio titular de la declaración también puede presentarla una asesoría fiscal que actúe en su nombre.

Este modelo también permite presentar declaraciones sustitutivas o complementarias, en el caso de que se deseen rectificar errores o completar el modelo 184 con más datos.

Más información sobre otros modelos de la Renta: modelo 100modelo 110modelo 123modelo 111modelo 115modelo 130modelo 131modelo 180modelo 190 y modelo 210

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