modelo 240
Fiscal, Contable y Nómina04 septiembre, 2023

Modelo 240 Bizkaia: qué es y cómo presentarlo

Con la entrada en vigor de Batuz, el Modelo 240 Bizkaia actualiza la llevanza del libro registro de operaciones con algunas novedades. Es una de las medidas adoptadas para luchar contra el fraude fiscal englobadas por parte de las haciendas florales y el Gobierno Vasco. 

Qué es el Modelo 240

El Modelo 240 Bizkaia es el Libro Registro de Operaciones Económicas de personas jurídicas. Con la información proporcionada en este modelo, Hacienda Foral realizará el borrador de la declaración del IVA, así como del Impuesto de Sociedades. Por ello, será necesario confirmar, previa revisión, del citado borrador. 

Qué debe incluir el Modelo 240

El modelo 240 tiene una estructura sencilla, puesto que se ha segmentado en una serie de epígrafes definidos de la siguiente manera:

  • Facturas e ingresos emitidos
  • Facturas y gastos recibidos
  • Operaciones intracomunitarias
  • Bienes de inversión
  • Información con trascendencia tributaria

El libro registro de las empresas, modelo 240, dispone, por otro lado, de capítulo específico de movimientos contables.

Cómo se presenta el Modelo 240 Bizkaia

La sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia es el medio a través del cual debe realizarse la presentación del Modelo 240 Bizkaia. La información remitida servirá para que Hacienda pueda realizar un borrador relativo a la declaración de IVA y del Impuesto de Sociedades, que se deberá revisar y confirmar.

De facto, la llevanza de los libros de operaciones económicas supone la digitalización del modelo 240. 

Cuándo se presenta el Modelo 240 Bizkaia: plazos

El nuevo Libro de Registro de Operaciones Económicas de personas jurídicas Modelo 240 Bizkaia, que entra en vigor en enero de 2022, lleva aparejada la obligación por parte de las empresas de Bizkaia a presentarlo de manera diaria, mensual o trimestral (dependiendo en cada caso de cómputo global de operaciones realizadas). 

Los plazos de emisión a Hacienda, salvo excepciones, quedan establecidos el día 25 de los meses de abril, julio u octubre, o el 31 de enero, teniendo en cuenta el trimestre al que se haga referencia. 

En caso de que la autoliquidación sea mensual o trimestral, varía la fecha en la que los borradores del IVA se encontrarán disponibles para el contribuyente:

  • Si es de carácter mensual, desde el día 17 del mes posterior.
  • Si, por otro lado, es de carácter trimestral, la periodicidad varía a: 20 de abril, julio, octubre y 25 de enero. 

Sanciones por incumplimiento 

La no presentación del Modelo 240 dentro del plazo establecido lleva aparejada sanción del 0,5 del importe de la factura.  En este sentido, el mínimo impositivo del trimestre es de 600 Euros, y el máximo se ha marcado en 12.000 euros.  Por otro lado, en caso de haya existido una manipulación del software, se han establecido multas del 20% sobre el volumen de operaciones (mínimo de 40.000 euros). Si se demuestra la reincidencia, la sanción ascendería al 30% sobre el volumen global de operaciones. 

Batuz: estrategia de control fiscal

Los Libros de Registro de Operaciones Económicas (LROE) se enmarcan en el proyecto conjunto de la administración foral de Bizkaia que busca optimizar el control del cumplimiento tributario de la personas jurídicas y empresas, sea cual sea su tamaño o sector económico. Así pues, el programa Batuz lo componen 3 ejes:

- Sistema de facturación TIcketBAI
- Declaración electrónica de Libros de Registro de Operaciones Económicas (LROE), modelo 140 (para personas físicas) y modelo 240 (personas jurídicas), que aseguran que toda la información llegue a Hacienda.
- Facilitar, por parte de la Hacienda Foral de Bizkaia, de los borradores para autónomos y empresas.

En este sentido, es necesario poder el foco en un elemento esencial: todas las empresas que tienen la obligación de realizar la declaración de los Libros de Registro de Operaciones Económicas (LROE), deben adaptarse a una serie de requerimientos de carácter técnico. Con ello, se asegura la correcta presentación de los Libros Registro:

- Los sistemas de facturación electrónica deben cumplir los requisitos de TicketBAI.
- Adaptarse al denominado software de TicketBAI establecido y homologado a tal efecto por la Hacienda Foral de Bizkaia.

Con la aprobación por parte de la Diputación Foral de Bizkaia del Decreto mediante el cual se implementa el proyecto Batuz, existe un punto de inflexión en la declaración de las personas físicas, y jurídicas que realizan actividades económicas.

De este modo, Batuz impacta directamente en el modelo 140, Libro Registro de Operaciones Económicas integrado por el libro de facturas emitidas, bienes de inversión y libro de facturas recibidas, que refleja toda la actividad desarrollada por los autónomos. Y, por otro lado, la implementación del modelo 240, Libro Registro de Operaciones Económicas aplicado a las empresas. Se asegura, así, un exhaustivo seguimiento de tributación de autónomos y empresas, sea cual sea su ámbito de actuación, tamaño o sector económico.

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