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Fiscal, Contable y Nómina20 mayo, 2024

Todo sobre los modelos TC1 y TC2, ahora RLC y RNT

Conocer los antiguos modelos TC1 y TC2, ambos sustituidos por los modelos RLC y RNT es de obligado cumplimiento para todo gestor de personas en la empresa y toda asesoría. Se trata de una de las tareas inherentes al departamento de Recursos Humanos y a la asesoría laboral, que garantiza el pago de las cuotas a la Tesorería General de la Seguridad Social por las personas empleadas. Una obligación que requiere conocer los entresijos de esta documentación.

¿Qué es el TC1 y el TC2? 

Comencemos aclarando algunos conceptos: ¿Qué es el TC1? El TC1 -ahora RLC- es el documento que ha de presentar toda empresa para liquidar las cuotas de los empleados y empleadas al Régimen General de la Seguridad Social y Sistemas adscritos al Régimen General. Este documento resume las cotizaciones sociales, tanto las que corresponden o corren a cargo de la empresa como las que ha de afrontar el personal contratado.

En cuanto al TC2, ¿qué es? El objetivo del actual RNT es similar al del TC1, pues trata de garantizar el control y abono del pago mensual de los seguros sociales, pero  con ciertas diferencias. Entre otras, supone una versión detallada del TC1.

¿Qué sustituye al TC1?

Aunque se sigue mencionando de manera informal, hay que aclarar que el modelo TC1 desapareció hace casi diez años como tal, pero algunas empresas y asesorías siguen usando este término ya obsoleto para referirse al pago de las cuotas de los empleados y empleadas. Lo correcto, sin embargo, es utilizar la denominación actual, acuñada por la Administración central: Recibo de Liquidación de Cotizaciones o RLC.

De la misma forma, el TC2 ha sido sustituido por el RNT o Relación Nominal de Trabajadores.

¿Qué es el RNT y RLC?

El RNT y RLC son los modelos o documentos oficiales que han de presentar las empresas españolas con personal contratado ante la Seguridad Social. De cumplimentar y tramitar debidamente estos documentos dependerá el pago de las cotizaciones correspondientes. Entre ambos hay varias diferencias que revisamos a continuación: 

RNT, Relación Nominal de Trabajadores o antiguo documento TC2

La Relación Nominal de Trabajadores (RNT, antiguo TC2) es el documento, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el que se detallan los trabajadores declarados en cotización para una determinada liquidación y período, normalmente de un mes. Debe estar a disposición de los RLT (representantes legales de los trabajadores) para garantizar que la empresa cumple con las obligaciones legales en materia de cotización.

RNT ejemplo

Así, entre los conceptos que reflejan, se mostrarán:

  • Cotización por contingencias comunes
  • Cotización por contingencias profesionales
  • Cotización por horas extraordinarias, entre otros. 

RLC, Recibo de Liquidación de Cotizaciones o antiguo TC1

Se trata de un recibo de ingreso, un documento oficial que atestigua mediante huella electrónica el pago de los seguros sociales donde aparecen las bases y los importes a abonar correspondientes a todos los trabajadores contratados. El RLC, antiguo TC1, certifica pues el pago realizado por la empresa de la cotización mensual a la Seguridad Social de todas las personas empleadas en ese mes. Y refleja el número de trabajadores liquidados en ese periodo. 

RLC ejemplo

Incluye tanto la cotización que corre a cargo de la empresa como la que debe asumir la persona contratada. Es decir, aquella que se resta del sueldo del trabajador o trabajadora para ingresarla en la TGSS y cuya retención viene reflejada en la nómina mensual.

Así, entre los conceptos a abonar aparecerán: 

  • Cotización por contingencias comunes
  • Cotización por contingencias profesionales
  • Cotización por accidente (IT e IMS)
  • Cotización por horas extraordinarias, entre otros. 

Además, también vendrán reflejados:

  • Importes a descontar por bonificaciones, reducciones de cuotas, exoneraciones o subvenciones, como beneficios que 
    tiene el empresario en determinadas circunstancias como son la contratación del empleo o la formación tripartita impartida. 
  • Cantidades a ingresar en concepto de pagos delegados por incapacidades temporales a cargo de INSS. 

Ventajas de RLC y RNT: más agilidad y transparencia

Como primer punto destacable, mientras que anteriormente la responsabilidad de presentación de los modelos TC1 y TC2 era del empresario, la obligación de extender los documentos TLC  y RNT es ahora de la TGSS. No obstante, esto no exime a la empresa de seguir calculando los costes derivados de las cotizaciones de la misma forma que lo hace la TGSS para poder cuadrar los resúmenes financieros.

Tanto el RLC como el RNT justifican el pago de las cuotas a la Seguridad Social, es decir: el cumplimiento de las obligaciones empresariales dentro de los plazos y en la forma establecidos por la legislación vigente. Por ello su importancia reside en este punto y en que suponen:

  • Una mayor transparencia en el pago de las cuotas.
  • La capacidad de enmendar errores a tiempo.
  • La justificación de estar cumpliendo con las obligaciones como empresa.
  • La agilización de esta tarea propia al departamento de RRHH, pues gracias a la digitalización del proceso a través del Sistema RED de la Seguridad Social, se ha automatizado. 
Además, una de las ventajas añadidas del TC1 o RLC es que permite verificar la información para evitar desajustes, y modificar los datos por parte de la empresa. Esto posibilita que pueda subsanar errores o incoherencias respecto a las cuotas dinerarias.

Si sabes cómo hacer una nómina, debes saber cómo tramitar estos modelos.

imagen modelo tc1 y tc2

Tramitación de los modelos RNT y RLC (antiguos TC1 y TC2)

El paso a paso completo es el siguiente:

  1. La empresa comunica un fichero de bases a través de SILTRA, o solicita el borrador de la liquidación para comprobar que no existen errores.
  2. La Tesorería General Seguridad Social envía el modelo correspondiente a la empresa con trabajadores a su cargo, una vez realizado el cálculo de los seguros sociales.
  3. La empresa da su OK o solicita la modificación de la información si detecta algún tipo de error. Se puede solicitar en cualquier momento el IDC con la información almacenada del trabajador en el Fichero General de Afiliación.
  4. Las cotizaciones sociales descritas en el RNT y RLT deben abonarse en el mes siguiente al de su devengo. Como máximo, el último día laborable de cada mes si se paga por transferencia bancaria. En el caso de domiciliarse el pago, el límite es el día 20 de cada mes. Es importante recordar que el plazo de presentación de la liquidación y el plazo reglamentario del ingreso no son coincidentes: el primero se da entre el 1er día del mes y el penúltimo, y el 2o es el último día del mes: 

Calendario mensual

Dia 1  Inicio plazo presentación
Dia 20  Cierre cargo en cuenta
Dia 24  Inicio plazo solicitud borrador online
Penúltimo día del mes  Finaliza plazo presentación
Último día del mes  Finaliza plazo de ingreso

De incumplirse el calendario la organización se enfrentará a sanciones con motivo de la deuda e intereses en forma de recargos, que incrementarán su porcentaje en la medida que pase el tiempo (salvo solicitud de aplazamiento):

  • recargo del 10% deuda si se abonan las cuotas dentro del primer mes natural que sigue al del vencimiento del plazo para el ingreso.
  • recargo del 20% deuda a partir del segundo mes natural.
  • recargo del 20% deuda si se abonan antes de la terminación del plazo en la reclamación de deuda o acta de liquidación.
  • recargo del 35% si se abonan a partir de la terminación del plazo de ingreso.

Es posible, además, obtener online duplicados tanto del RNT, concretamente del último modelo de la liquidación, como del RLC y de todos los asociados a la liquidación, incluso los correspondientes a una liquidación rectificada. 

5. Según los trámites que haya hecho la empresa desde su solución laboral, el campo "Estado" se actualizará automáticamente al enviar/recibir ficheros a/desde la TGSS:

Acción Estado
Cierre proceso nóminas mensual  Pendiente generar
Obtención fichero bases  Generado Pendiente envío
Envío fichero bases a Tesorería  Enviado
Recepción fichero errores  Actualización:

 - Conciliados  
 - No conciliados
Contestación fichero rectificación errores  Conciliado
 
Recepción fichero con borradores  Pendiente de confirmar
 
Aceptación  Confirmado cierre

Cualquier variación en el Fichero General de Afiliación puede provocar descuadres en las liquidaciones, por ello es importante contar con una solución que permita la presentación directa a la Administración como a3innuva Nómina: de esta forma agilizamos las modificaciones en afiliación y obtenemos una respuesta inmediata. 

Las variaciones que pueden originar tramos son las siguientes:

   Detalle  Responsable 
Periodos de alta  Alta y/o baja (excepto huelga lega, periodos inactividad CTP)  Empresario
Variación de datos  Grupo de cotización

 Empresario

   Ocupación  Empresario
   Tipo inactividad  Empresario
   Categoría profesional  Empresario
   Tipo contrato y CTP  Empresario, TGSS (validación)
   Cambio puesto trabajo  Empresario 
   Vínculo familiar  Empresario
   RLCE  Empresario
   Ind. Pérdida Beneficios  Empresario, TGSS (validación)
Peculiaridades cotización Deducciones (inicio o fin)  TGSS
Otros  IT pago delegado (duración y contingencia)  INSS (S. Salud y Mutuas)
   Prestaciones corta duración. Pago directo  INSS + Mutuas + Emp. Colaboradoras
   Suspensiones por regulación empleo (EREs)  SPEE + ISM + Empresas
 

 Acontecimientos catastróficos (moratorias, exoneraciones, diferimientos) 

 TGSS
Para mejorar este seguimiento es posible subir las cotizaciones a un repositorio compartido entre gestor laboral y cliente. De esta manera se optimiza el proceso de intercambio de información y ambos se mantienen informados, además de prestar un servicio fidelizador para el cliente del despacho. Además, contar con una herramienta que permita la presentación directa a la Administración como a3innuva Nómina será de gran ayuda para optimizar el tiempo dedicado a esta gestión. 

Para saber más, consulta nuestro artículo “El ABC de Siltr@” en a3responde y el manual sobre el procedimiento general del Sistema de Liquidación Directa de la TGSS. 


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