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Fiscal, Contable y Nómina24 octubre, 2024

Contingencias comunes: qué son y cómo se calcula su cotización en la nómina

La cotización por contingencias comunes a la Seguridad Social es un elemento imprescindible en cualquier nómina. Se trata de una aportación que sirve para sufragar determinadas situaciones por las que el empleado puede precisar una baja laboral, entre otras, y su abono corresponde tanto al trabajador como a la propia empresa. Para que lo sepas todo sobre cómo se gestionan las contingencias comunes, te contamos qué son, cómo se calculan y cómo afectan a la gestión laboral de las empresas. 

Qué son las contingencias comunes

Las contingencias comunes son circunstancias por las que un trabajador tiene derecho a una baja laboral sin que la causa o motivo de dicha baja esté relacionado con su trabajo. Bajo este paraguas encontramos los casos de enfermedad común y de accidente no laboral, quedando excluidas las enfermedades y los accidentes que tengan relación con el empleo, que formarían parte de las contingencias profesionales.

La Ley General de la Seguridad Social no nos da una definición de contingencia común, pero sí de contingencia profesional, un concepto en el que se engloban los accidentes laborales y las enfermedades profesionales. Por eso entendemos que, por exclusión, nos encontramos ante una contingencia común siempre que la lesión incapacite al empleado para trabajar sin que la causa tenga que ver con el empleo. 

imagen recurso contingencia comunes

Ejemplos de contingencias comunes

Un ejemplo de contingencia común sería una gripe cuyos síntomas obliguen al empleado a ausentarse del trabajo, así como un accidente doméstico que desemboque en una baja médica por lumbalgia. También se consideran contingencias comunes situaciones degenerativas o permanentes de origen no laboral, como una reducción de la capacidad auditiva no relacionada con el trabajo, o una pérdida de movilidad debido a una enfermedad muscular.

Hay que tener en cuenta que aquellos accidentes ocurridos al ir o al volver del trabajo (in itinere), así como los sufridos por trabajadores desplazados para realizar un actividad encomendada por la empresa como consecuencia de un contrato de trabajo, se considerarán en todo caso contingencia profesional, por lo que no estarán incluidos en el ámbito de cobertura de las contingencias comunes. 

Las contingencias comunes también incluyen circunstancias relacionadas con la vida familiar de los trabajadores con repercusiones en materia de salud, como la baja por maternidad o paternidad, entre otras.

Qué es la cuota de contingencias comunes

La cuota de contingencias comunes es la cantidad que empresarios y trabajadores deben abonar a la Seguridad Social por este concepto y se calcula aplicando a la base de cotización del trabajador el porcentaje o tipo de cotización que corresponde a esta contingencia. 

Dado que esta aportación es obligatoria, el concepto de ‘cotización por contingencias comunes’ aparece en todas las nóminas y en él debe reflejarse la cuota de contingencias comunes del empleado. 

La cotización por contingencias comunes es la más importante de las cotizaciones a la Seguridad Social que constan en una nómina, donde se incluyen otras partidas como las destinadas a cubrir accidentes de trabajo y contingencias profesionales, horas extra, desempleo, formación profesional… 

El importe de las contingencias comunes es el más elevado de todos y, en consecuencia, también da cobertura a un amplio número de situaciones a través de distintas prestaciones sociales. 

Descubre cómo aplican éste y otros conceptos para entender la nómina.

Quién paga las contingencias comunes

Tanto empresa como trabajador deben hacer frente al pago de las contingencias comunes. La regla general, aplicable a contratos indefinidos y a los contratos de duración determinada, es que la cuota de contingencias comunes será del 28,3 % de la base de cotización del empleado. Este porcentaje o tipo de cotización se reparte entre empresario y empleado en distinta proporción: 

  • 4,7 % a cargo del trabajador
  • 23,6 % a cargo de la empresa

Cómo se calculan las contingencias comunes en la nómina

El cálculo de la base de cotización por contingencias comunes se realiza tomando como referencia el salario bruto del trabajador, incluyendo su sueldo base y sus complementos salariales (antigüedad, participación en beneficios, primas a la producción por calidad o cantidad de trabajo, complementos por trabajo nocturno…). 

Quedan excluidos los complementos extrasalariales (horas extra, dietas, gastos de transporte, indemnizaciones…), ya que éstos sirven para compensar al trabajador por los gastos derivados de su actividad laboral.

Al resultado de este sumatorio le llamamos base de cotización y a dicha suma se le deberá aplicar el tipo o porcentaje correspondiente a las contingencias comunes (normalmente, el 28,3 %, reparado entre empresa y trabajador). Tal y como ya hemos visto, el trabajador abonará el 4,7 % de la base de cotización y el empresario abonará el 23,6 % restante.

Te explicamos cómo hacer una nómina, paso a paso.

¿Qué cubre la base por contingencia comunes?

El pago de las contingencias comunes da derecho al trabajador a percibir determinadas prestaciones en caso de que sea necesario, tales como las correspondientes a una incapacidad laboral derivada de enfermedad común o un accidente no laboral. Esto incluye tanto los supuestos de incapacidad temporal como permanente parcial, total, absoluta o gran invalidez.

La base de cotización por contingencias comunes también sirve como referencia para de calcular las prestaciones por jubilación, muerte y supervivencia (prestaciones de viudedad, orfandad, etc.), prestaciones farmacéuticas, asistencia sanitaria y situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural.

En concreto, la base de cotización por contingencias comunes cubre las siguientes prestaciones en favor del empleado: 

  • Baja médica por incapacidad temporal. 
  • Incapacidad permanente derivada de una enfermedad común o un accidente no laboral. 
  • Baja por riesgo en el embarazo. 
  • Baja de maternidad y paternidad. 
  • Asistencia sanitaria y prestaciones farmacéuticas. 
  • Viudedad, orfandad y otras prestaciones por muerte y supervivencia que sean consecuencia de muerte, enfermedad común o accidente no laboral. 

Además, desde el pasado 1 de junio de 2023 existen tres nuevas circunstancias que se consideran contingencia común:

  • Menstruación incapacitante.
  • Interrupción del embarazo (voluntaria o involuntaria). 
  • Embarazo a partir del primer día de la semana 39 de gestación. 

¿Cuánto se cobra de baja por contingencias comunes?

La regla general en el caso de una incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral (los supuestos más frecuentes) nos dice que el trabajador cobrará su prestación a partir del cuarto día de baja médica; entre los días 4 y 15, será el empresario el encargado de abonar la prestación, responsabilidad que asumirá la Seguridad Social o la mutua correspondiente a partir del día 16. 

En caso de enfermedad común y accidente no laboral, el trabajador percibirá los siguientes porcentajes:

  • 60 % desde el día 4 hasta el 20 inclusive.
  • 75 % desde el día 21 en adelante.

Existen excepciones: por ejemplo, en caso de menstruación incapacitante, interrupción del embarazo o embarazo a partir del primer día de la semana 39 de gestación, la retribución se recibirá desde el primer día y su abono corresponderá a la Seguridad Social durante toda su duración. 

Ten en cuenta las siguientes situaciones especiales de IT para mujeres trabajadoras:

  • Menstruación incapacitante secundaria. Del primer día al 20, 60 % de la base reguladora; a partir del día 21, 75 % de la base reguladora.
  • Interrupción del embarazo y semana 39 de gestación. Primer día, salario; del día 2 al 20, 60 % de la base reguladora y a partir del día 21, 75 %. 

En caso de incapacidad permanente de cualquier tipo por enfermedad común o accidente no laboral, la cuantía del complemento IT que percibirá la persona afectada dependerá de su base reguladora y del grado de incapacidad reconocido.  En general, existe una amplia casuística en cuanto al cálculo de las prestaciones que toman como referencia la aportación del trabajador por contingencias comunes. Por ejemplo, en caso de maternidad o paternidad, la cuantía ascenderá al 100 % de la base reguladora durante toda la vigencia de la baja. 


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Experta en comunicación legal y periodismo jurídico
Periodista y abogada con más de 10 años de experiencia en el sector de la comunicación y el periodismo legal, ha colaborado con distintos medios de comunicación, despachos de abogados y editoriales jurídicas en la redacción y divulgación de contenido legal y económico.
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