El Modelo 211 permite presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de no Residentes por la retención en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente. Repasamos sus aspectos clave, así como las instrucciones para su correcta cumplimentación.
- ¿Qué es el Modelo 211?
- Modelo 211: Instrucciones para cumplimentarlo
- ¿Cuándo se presenta el Modelo 211?
- Soluciones para una presentación profesional del Modelo 211
¿Qué es el Modelo 211?
El Modelo 211 está ligado a la adquisición de bienes inmuebles: cuando un comprador (tanto si se trata de persona física o jurídica, residente o no residente en España) adquiere un bien inmueble en España a un no residente sin establecimiento permanente, debe declarar dicha compra a través del modelo 211. Mediante el mismo, se retiene un 3% del valor de compra.
¿Qué características debe cumplir una persona residente en España?
- Reside, como mínimo, 183 días al año en España.
- Su actividad económica se centra en este país.
- Sus hijos menores de edad o el cónyuge son residentes en España.
Modelo 211: Instrucciones para cumplimentarlo
El modelo 211 requiere cumplimentar los siguientes datos:
- Fecha y devengo.
- Datos del comprador del inmueble y del transmitente no residente.
- Descripción del inmueble en referencia catastral.
- Importe de la transmisión. Si el inmueble es propiedad de varias personas o entidades, residentes y no residentes, sólo deberá aparecer el importe que corresponda a los propietarios no residentes.
- En el caso de existir varios transmitentes no residentes, o bien varios adquirentes (residentes o no residentes) es necesario cumplimentar un anexo al propio modelo 211.
Es importante resaltar que, tras realizar el abono de la retención del 3% que marca la legislación, es necesario entregar una copia del pago al no residente al que se le ha comprado el inmueble. De este modo, podrá realizar la correspondiente declaración de la venta y, por tanto, de la renta que se deriva de la transmisión.
¿Cuándo se presenta el Modelo 211?
Tras realizar la transmisión, Hacienda da el margen de un mes a descontar desde la venta o transmisión para poder realizar la presentación del modelo 211. Dicha presentación se realiza telemáticamente. El pago es equivalente al 3% del precio de compra.
El modelo 210 IRNR Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente, que recoge las ganancias patrimoniales, debe indicar la transmisión del inmueble. El plazo que establece Hacienda es de 4 meses tras haberse realizado dicha operación.