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Fiscal, Contable y NóminaCumplimiento30 mayo, 2024

Sociedad patrimonial: qué es, requisitos y ventajas

 Una sociedad patrimonial es una herramienta que permite optimizar la gestión de valores y/o un vasto patrimonio, especialmente si este está disperso. Sin embargo, para muchas personas inversoras o propietarias de inmuebles resulta clave por otros motivos: las sociedades patrimoniales permiten agilizar la gestión legal y, a su vez, optimizar la carga fiscal. Vamos a verlo.
 

¿Qué es una sociedad patrimonial?

Una sociedad patrimonial es aquella que no desarrolla actividades económicas o comerciales, al menos no como actividad principal, sino que administra un patrimonio, normalmente de valores o bienes inmuebles. Así lo señala la Agencia Tributaria y la normativa al respecto de las sociedades patrimoniales.
 
De hecho, el artículo 5.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece que no se computarán como valores:
 
  • Los poseídos para dar cumplimiento a obligaciones legales y reglamentarias.
  • Los que incorporen derechos de crédito nacidos de relaciones contractuales establecidas como consecuencia del desarrollo de actividades económicas.
  • Los poseídos por sociedades de valores como consecuencia del ejercicio de la actividad constitutiva de su objeto.
  • Los que otorguen, al menos, el 5 por ciento del capital de una entidad y se posean durante un plazo mínimo de un año, con la finalidad de dirigir y gestionar la participación, siempre que se disponga de la correspondiente organización de medios materiales y personales, y la entidad participada no esté comprendida en este apartado. Esta condición se determinará teniendo en cuenta a todas las sociedades que formen parte de un grupo de sociedades según los criterios establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas.

Cabe decir que desde 2015 el término correcto es el de entidad patrimonial, aunque de forma coloquial nos sigamos refiriendo a estas como sociedades patrimoniales.  

Requisitos que deben cumplir las sociedades patrimoniales

Hemos señalado que las sociedades patrimoniales son aquellas que no desarrollan actividades económicas, al menos no como actividad principal, sino que administran un patrimonio. Efectivamente, una sociedad patrimonial puede constituirse como tal si cumple un requisito: más de la mitad de sus activos no deben estar dedicados a una actividad económica. 
 
Es decir, en el capítulo de requisitos de la sociedad patrimonial, tan solo debemos tener en cuenta que nuestra sociedad patrimonial esté consagrada principalmente a la administración de patrimonio mueble o inmueble perteneciente a la persona o personas propietarias. 

Puntualizar que las sociedades patrimoniales que gestionan varios inmuebles en propiedad no pueden dedicarse a la actividad de explotación. De hecho, solo pueden ser alquilados por ellos mismos.

imagen recurso sociedad patrimonial

Obligaciones de la sociedad patrimonial

Las obligaciones de la sociedad patrimonial se suceden desde la propia constitución. En esta fase inicial, los propietarios deben:

  • Definir el tipo de sociedad.
  • Redactar los estatutos sociales que regirán el funcionamiento de la sociedad patrimonial: forma de administración, capital social inicial, sede social, etcétera.
  • Constituir la sociedad ante notario.
  • Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil.
  • Obtener el NIF y dar de alta la sociedad patrimonial tanto en Hacienda como en la Seguridad Social.

En cuanto a las obligaciones fiscales, estas responden a la necesidad de tributar por el Impuesto de Sociedades ante la Agencia Tributaria, presentando los modelos oportunos en el plazo requerido. 
 
Normalmente, existen costes de constitución y mantenimiento de una sociedad patrimonial a los que la persona propietaria de la misma debe hacer frente de forma mensual. Debemos recordar que las sociedades patrimoniales deben estar bien gestionadas para no incurrir en el incumplimiento de la normativa o en errores fiscales que puedan acarrear problemas futuros. Por esa razón, siempre resulta más adecuado contratar asesoramiento legal y fiscal.

Tipos de sociedades patrimoniales en España

Existen diferentes tipos de sociedad patrimonial. Decantarse entre una u otra dependerá de las necesidades y preferencias de cada propietario. 
 
Otros tipos de sociedades patrimoniales en España son:

Sociedad patrimonial de tenencia de inmuebles Se trata de una entidad que posee una bolsa inmobiliaria no destinada a actividades de explotación. Nótese que, conforme hemos señalado, sus administradores podrán arrendar sus inmuebles siempre que no empleen trabajadores por cuenta ajena para ello.
Sociedad patrimonial para uso y disfrute de inmuebles También denominada sociedad patrimonial familiar o sociedad patrimonial de tenencia de inmuebles: para la gestión y planificación de patrimonios familiares en posesión, que se destinan tan solo al disfrute familiar, así como para la transmisión ágil de este a las personas herederas.
Sociedad patrimonial de arrendamiento o alquiler de inmuebles Posee exclusivamente inmuebles que se dedican al alquiler, pero gestionado este por los propietarios, es decir, sin personal empleado a tal efecto a través de un contrato laboral y jornada completa.
 
Sociedad patrimonial de tenencia de valores Esta sociedad es de gestión exclusiva de carteras de valores y otros activos con el fin de maximizar la rentabilidad de estos y optimizar la inversión. En otras palabras, posee una cartera exclusiva de valores que se pueden invertir en bolsa.

Ventajas de las sociedades patrimoniales

Quienes mantienen en propiedad una sociedad patrimonial pueden beneficiarse, principalmente, de dos ventajas:

  • Mayor eficiencia legal: permiten gestionar todos los valores o patrimonio personal de manera centralizada y unificada, lo cual aporta mayor agilidad al proceso de gestión. Además, nos permite marcar una línea divisoria clara, a nivel legal, entre el patrimonio personal y empresarial, es decir, proveniente de actividades económicas, si es que lo tenemos, evitando riesgos sobrevenidos. Y por último, facilita el traspaso de patrimonio a las personas herederas mediante su participación en las sociedades patrimoniales.
  • Menor carga fiscal: las sociedades patrimoniales resultan ventajosas desde el punto de vista fiscal en nuestro país, pues contribuyen a la reducción de la presión tributaria al aminorar la carga de impuestos a los que se deben hacer frente. Estos responden por los ingresos generados por el patrimonio. Por otra parte, gozan de una minoración en el impuesto de sucesiones. 

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¿Cuánto tributa la sociedad patrimonial?

Las sociedades o empresas patrimoniales tributan por los ingresos en el Impuesto de Sociedades, y lo hacen a un tipo impositivo fijo del 25 %. Mientras que la tributación como persona física se enmarcaría dentro del IRPF con un porcentaje mayor, que puede llegar incluso al 45 %.
 
Si bien es cierto, al no tributar por el IRPF se pierden las ventajas que esto podría acarrear, como las minoraciones o incentivos por entidades de nueva creación, así como las reducciones generales sobre el rendimiento que contempla la norma tributaria.
 
Este año, entre las novedades fiscales 2024 existen novedades del impuesto sociedades 2023-24 que deberían, cuanto menos, revisarse. Y es que, podrían aportar cambios en la tributación de las sociedades patrimoniales. Estar al tanto de los cambios legislativos en la materia resulta imprescindible para llevar a cabo una correcta planificación fiscal, es decir, para sacar partido a las ventajas que presenta una sociedad patrimonial.
 
Por ejemplo, actualmente, el Impuesto de Sociedades penaliza las sociedades patrimoniales si la comparamos con empresas que llevan a cabo algún tipo de actividad, pues no pueden beneficiarse, o no completamente, de incentivos como la exención para evitar la doble imposición o la compensación de las bases imponibles negativas que tenga pendientes. Tampoco puede aplicarse el tipo impositivo reducido del 15% para las entidades de nueva creación ni los incentivos para las entidades reducidas.
 
Un aspecto que sí es interesante es que los gastos que se originan en la sociedad patrimonial se deducen en el Impuesto de Sociedades. Nos referimos a los gastos de mantenimiento y gestión.
 
Así pues, optar por un programa o software del Impuesto de Sociedades como a3asesor Soc, que permite la presentación de este impuesto a los despachos profesionales de manera automática y sin errores, presentaría esa ventaja comparativa en el IS, además de muchas otras, como la contribución a la digitalización del despacho profesional.

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