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Fiscal, Contable y Nómina23 febrero, 2025

¿Qué es el modelo 415 y para qué sirve?

Saber cómo cumplimentar correctamente el modelo 415 es indispensable para cumplir con las obligaciones tributarias en Canarias. Te damos algunas pistas sobre los pasos a seguir para no perderte en el camino.

¿Cuál es el modelo fiscal 415 de la Agencia Tributaria y para qué sirve?

El modelo 415 es el Impuesto General Indirecto Canario o IGIC y corresponde a la declaración anual sobre las operaciones llevadas a cabo con terceras personas en ese territorio. Es, de hecho, el equivalente al modelo 347 en el resto de comunidades autónomas y se le conoce como modelo 415 Canarias

¿Quién está obligado a la presentación del modelo 415?

Presentar el modelo 415 es un requisito obligatorio para toda empresa siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos, que tienen que ver con la necesidad de declarar las operaciones con terceras personas en función de los ingresos contabilizados.

  1. Límites para la declaración anual de operaciones con terceras personas. La declaración debe relacionar todas aquellas personas o entidades, cualquiera que sea su naturaleza o carácter, con quienes las empresas hayan efectuado operaciones que en su conjunto, para cada una de dichas personas o entidades, hayan superado los 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente.
  2. Sujetos pasivos del Impuesto General Indirecto Canario. Por otra parte, están obligados a presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas los sujetos pasivos del IGIC: entes públicos, sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades establecidas en Canarias, en los que concurran los requisitos previstos en el artículo 2 del Decreto 192/2000.

imagen modelo 415 canarias

¿Quién no está obligado a la presentación del modelo 415? No están obligados a presentar el modelo 415 las empresas que no hayan realizado operaciones que, en su conjunto y para cada una de las personas o entidades con las que se hayan efectuado, no hayan superado 3.005,06 euros. También las que, obviamente, no tengan en Canarias la sede de su actividad económica o establecimiento permanente y quienes lleven a cabo operaciones sujetas y exentas del IGIC o de declararlo.

¿Cómo se cumplimenta correctamente el modelo 415 de Canarias?

Para cumplimentar la declaración anual de operaciones económicas con terceras personas a través del modelo 415 deben seguirse las instrucciones proporcionadas por la Agencia Tributaria Canaria. Por ejemplo, deberá rellenarse empleando letras mayúsculas, a máquina o por grabación informática o con bolígrafo sobre superficie dura, sin enmiendas ni tachaduras. Además, han de cumplimentarse únicamente los recuadros que aparecen en blanco en el impreso. 

Por otra parte, es necesario consignar el código de la Administración Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del obligado tributario/presentador (según se trate de declaraciones individuales o colectivas). Los códigos a consignar, según la Administración Tributaria que proceda, son:

Domicilio fiscal Código de la Administración Tributaria
Administración Tributaria de El Hierro 38048
Administración Tributaria de Fuerteventura 35018
Administración Tributaria de Las Palmas 35600
Administración Tributaria de La Gomera 38036
Administración Tributaria de Lanzarote 35004
Administración Tributaria de La Palma 38037
Administración Tributaria de Santa Cruz de Tenerife 38600

Otras instrucciones a tener en cuenta a la hora de rellenar el modelo 415 son:

  • Incorporar los cuatro dígitos del ejercicio al que correspondan las declaraciones incluidas en el soporte colectivo
  • Añadir los datos identificativos del presentador de las declaraciones en soporte colectivo.
  • En la presentación colectiva, señalar el número total de declarantes (registros tipo 1) que se hayan incluido en el soporte, así como el número total de declarados (registros tipo 2) correspondiente a todos los declarantes que figuren en el soporte.
  • Incorporar la hoja del declarante: cada persona declarante, tanto para las presentaciones individuales como para las colectivas, deberá presentar totalmente cumplimentada.
  • Diferenciar si se trata de una declaración complementaria (marcando la casilla indicada al efecto cuando esta declaración sea complementaria de otra declaración presentada anteriormente por el mismo concepto y ejercicio) o una declaración sustitutiva (con una X en la casilla indicada al efecto cuando esta declaración sea sustitutiva de otra declaración presentada anteriormente por el mismo concepto y ejercicio). En este último supuesto, se debe hacer constar también el número identificativo de 13 dígitos que figura preimpreso en la numeración por código de barras de la declaración anterior que se sustituye mediante la nueva.
  • Los importes de operación y criterios de imputación: el importe total individualizado de las operaciones realizadas con cada persona o entidad durante el año natural al que la declaración se refiera.
  • El total del importe de operaciones de la hoja: la suma de los importes consignados en cada una de las casillas “importe de las operaciones” correspondientes a los declarados consignados en esa hoja.
 

¿Cómo se presenta el modelo 415 de operaciones?

La presentación del modelo, las fases, requisitos y metodología a seguir, viene recogida por la legislación vigente, concretamente en la normativa autonómica, entre ella:

  • El Decreto 192/2000, de 20 de septiembre, por el que se regula la declaración anual de operaciones económicas con terceras personas.
  • Orden de 17 de abril de 2001, por la que se aprueba el modelo 415 de Declaración anual de operaciones con terceras personas en pesetas y euros, así como las condiciones y los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores por soportes directamente legibles por ordenador.
  • Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
  • La Resolución de 25 de febrero de 2015 por la que se modifica el modelo 415 de declaración anual de operaciones económicas con terceras personas para que este se ajuste a los soportes directamente legibles por ordenador.
  • La Resolución de 3 de agosto de 2021, por la que se amplía el ámbito subjetivo de la presentación telemática obligatoria de modelos de declaración y autoliquidación 415, 416, 420 y 425 del Impuesto General Indirecto Canario.

En base al marco normativo, se establece, por ejemplo, que la declaración informativa se debe presentar durante el mes de febrero de cada año en relación con el año natural anterior. También que la documentación a aportar (los modelos 415 y el 416 exclusivamente por vía telemática) debe ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados por la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias, a saber: 

  • Formatos para texto: PDF, TXT, XML, XSIG, RTF, DOC, DOCX, ODT, ODS y XLSX.
  • Formatos para imagen: GIF, JPG, TIFF, PNG, BMP.
  • Formatos especiales: ZIP (documento comprimido).

Según puntualiza la propia Administración, la fidelidad con respecto al documento original se garantiza a través de la firma electrónica de la solicitud y los documentos adjuntos. Y el nombre de los documentos debe cumplir con el siguiente estándar URI, RFC 2396, apartado 2.4.3. 

Soluciones profesionales para la presentación del modelo 415

Confiar la gestión de la declaración anual de operaciones con terceras personas es posible con un software de contabilidad para asesorías online como a3innuva Contabilidad, que también tiene una versión de programa de contabilidad online para pymes. Esta solución permite a asesores, despachos profesionales con clientes en Canarias y pymes allí afincadas la presentación ágil y sin errores del citado modelo dentro del plazo estipulado, y con la garantía de estar siempre actualizada a cualquier cambio normativo.

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