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Fiscal, Contable y Nómina02 enero, 2023

La nueva Ley del teletrabajo y trabajo a distancia: qué es y puntos principales

La publicación de la Ley del Teletrabajo (ley 10/2021 de 9 de julio, de Trabajo a Distancia) es la respuesta a la implantación de modelos de trabajo no presencial de forma masiva en la pandemia, una realidad social que generó una necesidad de mayor regulación. Con esta normativa se definen mejor ciertos aspectos de una modalidad de trabajo que todo apunta a que ha llegado para quedarse.

Qué es la Ley del Teletrabajo en España

La regulación del teletrabajo se recogía en el artículo 13 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. No obstante, en el momento de elaboración de esta norma se respondía a otras necesidades, que vinculaban el teletrabajo a una actividad casi marginal y en ocasiones vinculado a la economía sumergida, lo que explica su brevedad y poca relevancia.

Esta nueva legislación persigue con su aprobación regular mejor esta forma de trabajo, con una nueva visión de la relación laboral relacionada con tendencias como el smart working o el employer branding. Por todo ello, tal y como se reconocía en el propio Anteproyecto de ley, se hacía necesario “un esfuerzo normativo de mayor entidad, que establezca claramente los límites del ejercicio del trabajo a distancia pero que también le permita desplegar todas sus posibilidades”. Las Comunidades Autónomas han acogido con optimismo el desarrollo de la nueva ley del teletrabajo, puesto que supone un paso más allá en el acuerdo de teletrabajo, tan extendido en la actualidad.
 

Definición de teletrabajo, trabajo a distancia y trabajo presencial

Empezando por lo más básico: ¿qué es el teletrabajo o qué aspectos regula la ley del trabajo a distancia? ¿Son lo mismo? Repasamos los aspectos claves:

ley teletrabajo

  • Teletrabajo: es aquél que se realiza “mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.”
  • Trabajo a distancia: es aquel trabajo que “se presta en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar libremente elegido por esta, durante toda su jornada o parte de ella, de modo no ocasional”. Es interesante destacar que de acuerdo con esta definición es la regularidad (no la intensidad) la que caracteriza el trabajo a distancia.
  • Trabajo presencial: sería el que “se presta en el centro de trabajo o en el lugar determinado por la empresa.”

La ley marca la regularidad del Trabajo a Distancia mediante este criterio: si se presta en un periodo de tres meses; como mínimo durante el 30% de la jornada laboral o bien proporcionalmente a la duración del contrato de trabajo.

Cuáles son los puntos principales y derechos del trabajador de la nueva Ley del Trabajo a Distancia10/2021

Con la publicación con el BOE, el día 10 de julio de 2021, de la Ley 10/2021 de 9 de julio, se establecían criterios en torno a una idea central: proporcionar una regulación que dé respuesta a las diversas necesidades que han surgido tanto para empresas como para personas que trabajan a distancia o realizan el conocido como "trabajo remoto". La normativa que entraba en vigor en relación al teletrabajo se sustenta en estos puntos esenciales:

Contenido del acuerdo de trabajo a distancia

Se establece que el acuerdo del trabajo a distancia debe contener un mínimo de puntos detallados, en los que se reflejen el horario de trabajo, el porcentaje entre trabajo presencial y el desarrollo del trabajo a distancia a distancia; gastos y forma de compensación de los mismos; medios y equipos necesarios para el desarrollo de las funciones del trabajador (consumibles y otros).

Por otro lado, se debe detallar:

  • Lugar del trabajo a distancia y presencial.
  • Duración del acuerdo.

Los medios establecidos por la empresa para el control del trabajo a distancia, deben constar en el mismo.

¿Cuáles son las limitaciones en el Trabajo a Distancia?

El Real Decreto del Teletrabajo establece la garantía de la realización de, como mínimo, un 50% de manera presencial en aquellos contratos de prácticas, formativos y de aprendizaje.

Se deben garantizar medidas entorno a:

  • Conciliación y corresponsabilidad.
  • Derechos sociolaborales de los trabajadores: contra acoso sexual, discriminación o acoso laboral.
  • No modificación de condiciones relativas a retribucióntiempo de trabajo, promoción o formación profesional.  

¿Qué gastos debe pagar la empresa por el trabajo a distancia?

La empresa debe proporcionar los medios que necesita el trabajador para prestar su servicio, y compensar los gastos directos e indirectos ocasionados por el trabajo a distancia. Se especifica que los gastos indirectos incluyen “la parte proporcional de los gastos de uso y consumo en que incurriera la persona trabajadora o de cualquier otro que pudiera tener como consecuencia del trabajo” y se llama a la negociación colectiva o convenio colectivo para establecer mecanismos de compensación que garanticen la total compensación de los gastos y, evitar así, la gran renuncia al puesto de trabajo y la pérdida de talento. 

¿Puede ser obligatorio el teletrabajo? Derecho a la desconexión digital y a la intimidad

El artículo 5 establece de manera expresa que “el trabajo a distancia será voluntario para la persona trabajadora y para la empleadora”. La ley señala de manera explícita que se debe realizar la firma del acuerdo para la correcta aplicación, formando parte del contrato inicial o bien a posteriori. En ningún caso se podrá extinguir la relación laboral en el supuesto de que exista una negativa por parte de la persona trabajadora a trabajar a distancia o reversibilidad al trabajo presencial.

Los derechos relacionados con el uso de medios digitales quedan expresamente recogidos en el mismo, en el artículo 17 (“Derecho a la intimidad y a la protección de datos”) y en el artículo 18 (“Derecho a la desconexión digital”).

Cuáles son las sanciones por incumplimiento de la normativa de Teletrabajo 

A partir del mes de octubre de 2022, las sanciones en caso de incumplimiento de la nueva Ley, se establecen del siguiente modo:

La Ley aprovecha para subir la cuantía de las sanciones en la Ley de infracciones y sanciones sociales, incluyendo las infracciones laborales derivadas del teletrabajo. Si el empresario no proporciona las medidas necesarias al trabajador, y éste tuviera que realizar el trabajo con medios propios como su ordenador personal, se considera una infracción grave lo que supone una sanción de hasta 7.500 euros a partir del 1 octubre, ante los 6.250 euros que suponían hasta la fecha. 

La cuantía de las sanciones muy graves en grado máximo ha aumentado de los 187.500 euros a los 225.018 euros en este último año, además hay otro cambio importante relacionado con las sanciones en materia de prevención de riesgos laborales, que en su grado máximo, podrían ascender hasta 983.736 euros. 

Como apunta el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores el convenio colectivo aplicable puede recoger una lista añadida de faltas muy graves. “En general, incurrir en una falta muy grave permite al empresario recurrir al despido disciplinario”.

En el caso del despido disciplinario, no hay obligación de que el empresario preavise al trabajador con antelación alguna, es decir, la legislación permite que se realice el mismo día. Aunque no hay que preavisar, sí hay que poder demostrar los motivos de ese despido, que implica que el trabajador ha incumplido gravemente sus obligaciones.

Proceso para el despido disciplinario

A continuación, señalamos algunos de los aspectos esenciales del proceso para el despido disciplinario y sus plazos:

  • Notificación escrita. Carta de despido donde debe figurar el hecho/s que motivan el despido y la fecha en la que se hace efectivo.
  • En caso de que el trabajador sea delegado sindical, se abre expediente contradictorio, es decir, en el que podrán dar sus argumentaciones el interesado y el resto de representantes.
  • En caso de que sea afiliado al sindicato, el empresario debe dar audiencia a los delegados sindicales.

Para profundizar en este aspecto, es importante señalar un matiz que marca el Estatuto de los Trabajadores, que establece la obligatoriedad, en su artículo 55, de entregar una carta de despido al trabajador con los siguientes requisitos:

  • Las acciones y motivos que dan pie al despido deben ser especificados, del modo más concreto y claro posible, en la carta de despido. Este hecho responde a un aspecto esencial, puesto que, en caso de desarrollarse posteriormente un proceso judicial, los elementos que serán tomados como prueba serán los reflejados en la citada carta de despido, no pudiendo incorporarse a tal efecto ningún otro.
  • La fecha en la que se hace efectivo el despido: ya que no es necesario el preaviso, esta fecha se establece normalmente el mismo día del despido.
  • Es relevante hacer referencia expresa al aspecto u obligación incumplida por el trabajador, que tiene su exposición concreta en el Estatuto de los trabajadores o el Convenio Colectivo.

¿Cómo se impugna? Plazo de demanda del despido disciplinario

Es la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social la que en su artículo 103 y siguientes señala expresamente como se realiza la impugnación de un despido disciplinario.

Así, como primer dato de interés, hay que precisar que el trabajador cuenta con un plazo de 20 días hábiles para poder presentar su impugnación. Y ¿Cómo debe realizarse la demanda?

Remitiéndonos a la anteriormente citada Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, establece que:

  • En la demanda del trabajador deben constar elementos clave de su relación contractual, como puedan ser la antigüedad de la empresa, categoría, así como otros aspectos que puedan resultan relevantes para un conocimiento mayor de las circunstancias.
  • Fecha en la que tuvo efecto, así como la aportación de la carta de despido, donde se exponen las argumentaciones declaradas por el empresario a tal fin.
  • En caso de ser representante legal o afiliado, ha de exponerse en esta demanda.

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