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Fiscal, Contable y Nómina25 agosto, 2023

Desconexión digital: qué es y cuáles son sus beneficios

La desconexión digital se ha convertido en un derecho básico para los trabajadores en tiempos en los que el uso generalizado de smartphones, tabletas, portátiles… facilita enviar peticiones de trabajo fuera de la jornada laboral. En contraposición, el derecho a la desconexión digital busca garantizar el respeto al tiempo de descanso. Repasamos en qué consiste este derecho, qué normativa lo rige, cómo se implementa el derecho a la desconexión digital en la empresa y qué beneficios supone.

¿Qué es la desconexión digital?

Se considera desconexión digital la limitación al uso de las tecnologías de la comunicación fuera del tiempo de trabajo, con el fin de garantizar el respeto del tiempo de descanso, permisos, vacaciones o bajas por enfermedad. 

El objetivo es potenciar el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la personal y familiar, evitando la presión que supone que el empleador pueda seguir dictando instrucciones fuera de la oficina.

Se trata, en definitiva, de un derecho reconocido a las personas trabajadoras que se concreta, como veremos, limitando el uso de las comunicaciones en el ámbito laboral a la jornada de trabajo pactada en el contrato y, en todo caso, a la duración máxima de la jornada según la normativa vigente. 

En la práctica, el trabajador no tiene el deber de conectarse durante sus periodos de descanso a ningún dispositivo digital profesional ni al software de la empresa. Esto incluye aparatos como teléfonos, ordenadores, etc. Tampoco tendrá por qué contestar llamadas, emails o mensajes de WhatsApp y análogos: cualquier dispositivo laboral puede permanecer apagado durante estos periodos de descanso

¿Qué ley recoge el derecho a la desconexión digital?

No existe una ley de desconexión digital como tal, pero sí distinta normativa en la que se hace referencia a ella, comenzando por el Estatuto de los Trabajadores (ET) que, de forma genérica, recoge las líneas básicas de este nuevo derecho de los empleados.

También la negociación colectiva define los límites de la desconexión digital, permitiendo ampliar los derechos recogidos en el marco legal. El conjunto de nuevos derechos recogidos en los distintos convenios colectivos nos permite augurar de qué forma se configurará la desconexión digital en en futuro y cuáles serán los nuevos márgenes que toque definir al legislador. 

Hay que tener en cuenta que el derecho a la desconexión digital es relativamente nuevo y precisamente la pandemia por coronavirus marcó un punto de inflexión en este sentido, de la mano del auge del teletrabajo y de la flexibilidad horaria. El derecho a la intimidad personal del trabajador tiene mucho que ver con esta regulación, más necesaria que nunca en un contexto de deslocalización laboral cada vez más generalizada. 

La desconexión digital en la Constitución

El derecho a la desconexión digital tiene su anclaje constitucional en el artículo 18.1 de la Constitución Española (CE). En él se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. 

Además, el artículo 18.4 especifica que la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. 

Se trata de un precepto abierto que da cabida al derecho específico a la desconexión digital, y que aparece en la redacción original de la Carta Magna, siguiendo una tendencia constitucionalista que ya en los años 70 auguraba la necesidad de protegerse ante un posible uso abusivo de las nuevas tecnologías. 

La desconexión digital en el Estatuto de los Trabajadores (ET)

En el ámbito de la normativa laboral, el Estatuto de los Trabajadores (ET) es más específico al hablar en su artículo 20 bis sobre los derechos de los trabajadores en materia de intimidad en relación con el entorno digital y la desconexión.

En concreto, el artículo 20 bis ET fija que los trabajadores “tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.”

Este artículo fue añadido en 2018 al ET a través de la disposición final 13 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales

Gracias a esta norma se pasaron a reconocer y a garantizar en España toda una serie de derechos digitales de los ciudadanos: neutralidad de la Red y acceso universal, derecho a la seguridad y educación digital, derecho al olvido, derecho a la portabilidad de datos, derecho al testamento digital, derecho a la protección de los menores en Internet… y derecho a la desconexión digital, “en el marco del derecho a la intimidad en el uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral”.

La desconexión digital en la LOPD

La norma en la que se concreta en mayor medida el derecho a la desconexión digital es la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Encontramos su regulación en el artículo 88, que garantiza el derecho de las personas trabajadoras y las empleadas públicas a la desconexión digital, con el fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y periodos vacacionales, así como de su intimidad personal y familiar.

La norma también fija que las modalidades de ejercicio de este derecho “atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.”

El mismo artículo insta al empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, a elaborar una política interna dirigida a los empleados, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que se deben definir las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática. 

Además, hace hincapié en garantizar el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia, así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas (teletrabajo).

En total, la LOPD, en su artículo 88, impone un total de cuatro deberes generales para el empresario de cara a garantizar el protocolo de desconexión digital:

  • Limitar el uso de los medios tecnológicos en el ámbito laboral a la duración máxima de la jornada.
  • Elaborar una política interna, previa audiencia con la representación legal de los trabajadores, definiendo las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión. Aunque no es exigible legalmente llegar a un acuerdo con ellos, es aconsejable hacerlo: sí es obligatoria la consulta, y su ausencia puede constituir una infracción grave.
  • Realizar acciones de formación y de sensibilización del personal y directivos acerca de un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática.
  • Una organización adecuada de la jornada laboral, de forma que sea compatible con la garantía del descanso en base al registro horario.

¿Qué beneficios tiene la desconexión digital?

Más allá de su configuración como un derecho de los trabajadores, la desconexión digital supone grandes ventajas tanto del lado del empleado como del lado del empresario. Éstas son algunas de ellas:

  • Impulso a la salud física y mental
    Es un hecho que el estrés, la ansiedad o la depresión se han convertido en problemas inherentes a nuestro tiempo, algo que tiene mucho que ver con la ausencia de tiempo de descanso efectivo y la debida conciliación laboral y familiar. Lo mismo se aplica a los efectos del sedentarismo en nuestra salud física y psicológica. 
    Garantizar la desconexión digital permite a los trabajadores separar su faceta profesional del resto de elementos de su vida, facilitando la consecución de otras metas vitales. De esta forma, el equilibrio resulta mucho más sencillo. No solo se trata de garantizar un ‘contacto cero’ por parte del empresario durante el tiempo de descanso, sino también de que el propio trabajador conozca sus derechos y se permita desconectar de forma real. 
    En este sentido, la desconexión digital también puede ayudar a reducir el riesgo de accidente laboral e incluso a minimizar la posibilidad de casos de acoso en el trabajo.
  • Aumento de la productividad
    Un empleado feliz será, con toda probabilidad, un empleado más productivo. Para lograrlo, desconectar y dedicar tiempo a otras tareas resulta básico: nuestro rendimiento depende en gran medida de hasta qué punto nos encontremos descansados, tanto física como mentalmente, por lo que la desconexión digital sin duda traerá ventajas ahora de permitir a los trabajadores dar lo mejor de sí mismos.
  • Retención del talento
    Elementos como el respeto al tiempo de descanso, la flexibilidad horaria, el trabajo en remoto… se han convertido en parte de la estrategia de employer branding, e incluso en requisitos mínimos para muchos trabajadores a la hora de decantarse por una empresa u otra. De hecho, existen estudios que aseguran que la conciliación se ha convertido en un elemento más valorado que el salario.
    Garantizar el derecho a la desconexión digital te ayudará a atraer empleados cualificados y a retener al talento en tu empresa. Además, el riesgo de absentismo laboral se reducirá, a la vez que mejorará la imagen de marca de la empresa de cara al exterior.

¿Cómo garantizar la desconexión digital?

El deber de elaborar una política interna que defina las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión toma forma de protocolo de desconexión digital obligatorio que, como hemos visto, puede adoptarse de forma unilateral por parte de la empresa, pero siempre consultando a los trabajadores. 

En cuanto al contenido del protocolo, debe hacer referencia a la normativa aplicable a la que se da cumplimiento, así como analizar la situación de la empresa para decidir de qué forma garantizar el derecho a la desconexión. 

Las medidas concretas pueden consistir en la elaboración de una guía o documento sobre el uso adecuado de las herramientas digitales, realizar una encuesta de evaluación entre los empleados o incluso, en el área del cumplimiento normativo o compliance, o crear canales específicos para denuncias de los trabajadores, entre otras. 

También es recomendable impartir cursos sobre la importancia de la desconexión digital con el fin de cumplir con la obligación de realizar acciones de formación y/o sensibilización al respecto.

Ten en cuenta que la Inspección de Trabajo ya está interviniendo en este sentido y puede imponer sanciones a las empresas por enviar comunicaciones por medios electrónicos a los trabajadores fuera de la jornada laboral. Una falta grave puede suponer 7.500 €, salvo que se acredite que se dejó claro en el propio correo que la comunicación debe responderse en horario de trabajo.

Un caso particularmente grave sería que el trabajador contrajera una enfermedad debido a la ausencia de desconexión digital. Nos encontraríamos, en este caso, ante una infracción muy grave, que puede alcanzar los 225.000 € de multa.

La casuística es amplia y compleja, y la jurisprudencia laboral se encarga de perfilarla poco a poco. Por ejemplo, nos encontramos con una sentencia del TSJ de Galicia, dictada en 2022, en la que se asegura que no se vulnera el derecho a la desconexión digital por enviar mensajes a través de un grupo de WhatsApp fuera de la jornada laboral cuando los trabajadores tienen distintos horarios y los mensajes son poco frecuentes, sin estar obligado el empleado a responderlos inmediatamente ni tener la obligación de estar conectado. Es relevante, por tanto, mantenerse al día de cualquier novedad normativa para aplicarla correctamente en la empresa. Ejemplo de ello, son las nuevas medidas de conciliación y permisos retribuidos de la nueva Ley de Familias, así como también la gran novedad en materia laboral con la reducción de la jornada laboral a las 38,5 horas que actualmente está en fase de negociación.

Soluciones para incorporar el respeto a la desconexión digital

Teniendo en cuenta ésta y otras tendencias normativas en materia laboral, resulta especialmente importante contar con un software de RRHH que te permita, entre otras cosas, gestionar todos los aspectos relacionados con la jornada laboral, descanso de los trabajadores y el respeto al derecho a la desconexión digital

Para los departamentos de RRHH que trabajan con a3innuva Nómina para corporate, ya es posible configurar y activar avisos para advertir a los usuarios de la plataforma cuando superen su tiempo de trabajo.

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a3innuva Nómina para corporate permite activar y personalizar el mensaje de desconexión digital de forma sencilla.

Los mensajes de aviso pueden adaptarse a distintos horarios, y modificarse cuando sea necesario. Te explicamos cómo activar y configurar el aviso de desconexión digital en a3innuva Nómina para corporate.

Otra herramienta fundamental para garantizar el cumplimiento del horario del equipo es a3gestión del tiempo - Control horario, con el que podemos mantener bajo control todos los aspectos relacionados con la jornada laboral y sus límites, incluyendo el registro de la jornada de trabajo de los trabajadores en tiempo real y desde cualquier dispositivo y lugar, también en caso de teletrabajo, gracias a nuestra app de control horario gratuita para iOS y Android. Además, a3gestión del tiempo - Control horario te da la opción de delimitar y restringir zonas de acceso para que puedas controlar y evitar interacciones no deseadas. 

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Experta en comunicación legal y periodismo jurídico
Periodista y abogada con más de 10 años de experiencia en el sector de la comunicación y el periodismo legal, ha colaborado con distintos medios de comunicación, despachos de abogados y editoriales jurídicas en la redacción y divulgación de contenido legal y económico.
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