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Fiscal, Contable y Nómina18 julio, 2024|Actualizadooctubre 29, 2024

Cómo calcular el IVA de una factura

¿Aún no sabes cómo calcular el IVA de una factura correctamente? No eres la única persona. Uno de los grandes quebraderos de cabeza de pymes y autónomos es gestionar adecuadamente su facturación. En ambos casos, los y las profesionales han de abordar esta actividad con éxito y dentro de los marcos legales establecidos. De hecho, las dudas respecto a cómo calcular el IVA de una factura se suman a muchas otras. 

¿Qué es el IVA? Relación con la facturación

El IVA o Impuesto Sobre el Valor Añadido es un tipo de gravamen indirecto, pues grava el consumo de bienes y servicios y no la renta o el patrimonio. Es uno de los impuestos más importantes y de mayor recaudación en España, y se apoya sobre tres grandes ejes: imagen factura sin iva

  • El IVA es repercutido sobre el consumidor final, aunque lo recaudan y entregan a la Hacienda pública las empresas y profesionales que venden los bienes o prestan los servicios.
  • El IVA grava el valor añadido en cada etapa de producción y distribución de bienes y servicios, es decir, la diferencia entre el precio de venta y el coste de los bienes y servicios utilizados para producirlos o prestarlos.
  • El IVA se aplica en las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales, las importaciones de bienes y las adquisiciones intracomunitarias.

Tipos de IVA aplicables

Existen diversos tipos de IVA que se aplican según el tipo de bien o servicio, además de servicios exentos o de productos a los que se aplica un IVA reducido. Todas estas categorías deben tenerse en cuenta a la hora de determinar cómo aplicar el IVA de una factura:
  • Actualmente, el tipo general es del 21%, que es el que se aplica de manera general a la mayoría de bienes y servicios.
  • El tipo reducido, de un 10% aplicable a determinados bienes y servicios, como alimentos (excepto los de primera necesidad), servicios de transporte, actividades culturales y deportivas y actualmente el suministro eléctrico, de gas natural y combustibles naturales.
  • El tipo superreducido, del 4%, para alimentos de primera necesidad como pan, leche, frutas y verduras, y otros bienes como medicamentos, libros, periódicos y revistas, los servicios de teleasistencia, etc.
  • Actividades y operaciones exentas de IVA: servicios médicos y sanitarios, educación (en ciertos niveles y modalidades), operaciones financieras y de seguros, donativos a entidades beneficiarias de mecenazgo, etc.
  • También existe un tipo del 5% aplicable, por ejemplo, a los aceites de semillas y pastas alimenticias.

Los tipos impositivos en el IVA pueden cambiar con el paso del tiempo y las medidas fiscales adoptadas desde la Administración central. Como ejemplo, los aceites de semillas pasaran en 2024 del 5% al 7,5% (a partir del mes de octubre). Por lo tanto, conviene conocer cuales están vigentes para el ejercicio fiscal que corresponda. La Agencia Tributaria publica en su página web un listado con todos los tipos impositivos del IVA cada año

Funcionamiento del IVA: repercutido y soportado

Las empresas y profesionales autónomos repercuten el IVA a sus clientes en sus facturas (IVA repercutido) y, a su vez, soportan el IVA que les cobran sus proveedores (IVA soportado). Para dar cuenta del cumplimiento de esta obligación fiscal, tanto unos como otros deben presentar periódicamente (mensual o trimestralmente) declaraciones o liquidaciones de IVA a la Agencia Tributaria, con el fin de ingresar la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado. Si el IVA soportado es mayor que el repercutido, se puede solicitar la devolución del saldo a favor.

Así, las empresas y profesionales sujetos al IVA tienen una serie de obligaciones formales, cómo emitir todas las facturas con IVA, además, llevar al día un libro de registro de facturas emitidas y recibidas, presentar declaraciones periódicas (modelo 303) y resumen anual (modelo 390) y presentar el modelo 347 de operaciones con terceros que superen una facturación de 3.005,06 euros anuales a la Agencia Tributaria.

Actividades exentas o no sujetas a IVA

Como hemos señalado más arriba, existen actividades económicas no sujetas y actividades exentas del IVA, siempre y cuando cumplan los requisitos que en cada caso. Listamos a continuación las actividades exentas de IVA:

  • La transmisión de un conjunto de elementos corporales e incorporales que, formando parte del patrimonio empresarial o profesional del sujeto pasivo, constituyan una unidad económica autónoma para el transmitente capaz de desarrollar una actividad económica por sus propios medios. No comprende la mera cesión de bienes.
  • Operaciones realizadas por las Administraciones Públicas (salvo que actúen como empresa mercantil).
  • Entregas de bienes y prestaciones de servicios con fines de promoción.
  • Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia, derivados de relaciones administrativas o laborales, ordinarias o especiales.
  • Determinados autoconsumos de bienes y servicios.
  • Determinadas concesiones y autorizaciones administrativas.
  • Las prestaciones de servicios a título gratuito que sean obligatorias para el sujeto pasivo en virtud de normas jurídicas o convenios colectivos.
  • Los servicios prestados a las cooperativas de trabajo asociado por sus socios y los prestados a las demás cooperativas por sus socios de trabajo.
  • Las operaciones realizadas por las comunidades de Regantes para la ordenación y aprovechamiento de las aguas.
  • Las entregas de dinero a título de contraprestación o pago.

Son exenciones interiores (las localizadas en el territorio del IVA), entre otras:

  • Enseñanza en centros públicos o privados autorizados y clases particulares por personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios del sistema educativo. 
  • Servicios de atención a niños en el centro docente prestados en tiempo interlectivo.
  • Asistencia a personas físicas por profesionales médicos y servicios sanitarios.
  • Servicios profesionales, incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor, prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios y gráficos.
  • Operaciones y prestaciones de servicios relativas a seguros, reaseguros y capitalización.
  • Servicios de mediación prestados a personas físicas en diversas operaciones financieras.
  • Arrendamiento de viviendas y entrega de terrenos rústicos y no edificables, así como segunda y ulteriores entregas de edificaciones.
  • Entrega de sellos de correos y efectos timbrados de curso legal.

Entre las exenciones relacionadas con el comercio exterior, la entrega de bienes expedidos y transportados fuera del territorio peninsular español e Islas Baleares, ya sea con destino a otros Estados miembros, o a territorios terceros.


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Cómo se calcula el IVA de una factura

Calcular incorrectamente el IVA en una factura o no hacerlo constituye una ilegalidad y, por tanto, conlleva severas consecuencias, entre ellas, sanciones económicas. Por lo tanto, es de recibo conocer al detalle cómo calcular el IVA de una factura.

El primer paso es conocer el tipo de IVA aplicable a los productos que comercializas o los servicios que prestas. Y después, realizar una operación sencilla, porque tan solo tienes que sumar a la base imponible de tu factura el IVA correspondiente, de tal forma que el resultado sea el precio total del bien o producto, es decir, la cantidad que la clientela te ha de pagar.

Ejemplo de cálculo de IVA

Supongamos que una pyme emite una factura por la venta de un producto cuya base imponible (es decir, su precio sin IVA) es de 500 euros, y que ha de aplicar un tipo de IVA general del 21 %. Para calcular el importe del IVA deberá llevarse a cabo esta operación:

IVA = Precio sin IVA (500) x Tipo de IVA (21 %) / 100

El desglose de la factura sería el siguiente:

  • Descripción del servicio
  • Base Imponible (precio sin IVA): 500 euros
  • IVA (21%): 105 euros
  • Total a pagar (con IVA): 605 euros

detalle factura sin iva

Calcular IVA sin equivocarte

Existen soluciones integrales para calcular el IVA sin equivocarte. No es que sea una operación compleja, como has visto, pero si has de calcularlo en decenas de facturas o para decenas de clientes, lo más adecuado es contar con el apoyo de una herramienta capaz de automatizar el proceso y garantizar la máxima fiabilidad en las operaciones. Además, es deseable que esté siempre adaptada a cualquier cambio normativo, como la factura electrónica obligatoria y la Ley Antifraude.

Un buen ejemplo es el programa para hacer facturas a3factura, una solución online de facturación que hace muy sencillo y rápido el proceso del cálculo del IVA. Al fin y al cabo, calcular el IVA incluido en una factura es esencial para la correcta emisión de facturas, para la transparencia en la transacción comercial y para cumplir con la legislación fiscal al respecto.

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