Cuándo entra en vigor Verifactu
En cuanto a cuándo es obligatorio Verifactu, el Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, ha modificado el Real Decreto de 2023 y establecido como fechas de implantación el
1 de enero de 2026 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, y el
1 de julio de 2026 para el resto de empresas y autónomos.
Si ya trabajas con cualquiera de las soluciones de software de facturación de Wolters Kluwer puedes estar tranquilo: todas ellas cumplirán con la normativa legal en el plazo requerido.
¿A quién afecta Verifactu?
El nuevo sistema Verifactu afectará a todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas, tanto si están sujetos a IRPF como si lo están al Impuesto sobre Sociedades.
Eso sí, ten en cuenta que este proyecto no se aplicará en los territorios forales (donde existen sistemas propios) y que también quedan fuera de esta normativa las empresas que ya estén acogidas al SII.
¿Cómo se identifica las facturas Verifactu?
Existen determinadas características que permitirán identificar las facturas Verifactu. Son las siguientes:
- Código QR. Las facturas Verifactu deberán incorporar necesariamente un código QR que contendrá una serie de datos identificativos.
- Referencia al sistema Verifactu. Las facturas también deberán indicar expresamente que han sido generadas mediante un sistema de emisión de facturas verificables, mediante la expresión "Veri*Factu".
- Envío de información a Hacienda. La factura Verifactu permitirá su envío a la Agencia Tributaria a través de un dispositivo de lectura para código QR.
- Registro de eventos. Además de todo ello, deberá existir como respaldo un registro de cada factura y evento.
¿Hay que enviar los registros de facturación a la AEAT?
La comunicación de los registros de facturación a la AEAT es voluntaria. El contribuyente tiene dos opciones:
- Envío automático de cada registro de facturación a la Administración Tributaria (Sistema de emisión de facturas verificables o sistema Verifactu). Es la opción más cómoda y la recomendada por la Administración.
- Registro sin envío de las facturas: cada registro debe estar firmado digitalmente y estar a disposición de la AEAT en cualquier momento.
Diferencias entre el modelo Verifactu y no Verifactu