La jornada laboral de 37,5 horas semanales promete convertirse en una realidad gracias al gobierno de coalición entre PSOE y Sumar, cuyo pacto incluye, entre otras medidas en materia laboral, la reducción de la jornada laboral máxima legal. Fruto de este compromiso, el Consejo de Ministros del pasado 3 de febrero de 2025 dio luz verde al Anteproyecto de Ley para la reducción de la jornada ordinaria de trabajo, el registro de jornada y el derecho a la desconexión.
- La jornada laboral de 37,5 horas semanales
- Anteproyecto de Ley para la reducción de la jornada laboral
- Reducción de la jornada laboral y convenio colectivo
- ¿Cuándo entra en vigor la jornada laboral de 37,5 horas semanales?
- Novedades en la obligación de registro de jornada laboral
- Sanciones por incumplimiento del registro de jornada
- ¿Cuándo se concedió la jornada de 40 horas semanales?
- Soluciones para la gestión de la jornada laboral de 37,5 horas semanales
La jornada laboral de 37,5 horas semanales
Una de las promesas electorales a las que se dará cumplimiento el Gobierno de PSOE y Sumar consiste en la reducción de la jornada laboral máxima legal desde las 40 hasta las 37,5 horas trabajadas semanales.
Tras meses de diálogo y negociación, y a falta de conocer el texto definitivo de la Ley para la reducción de jornada, existen ciertos puntos ya definidos en el Anteproyecto y que, salvo cambios de última hora, irán incluidos en esta medida.
Son los siguientes:
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Esta reducción de la jornada laboral máxima semanal no implicará una reducción salarial. Por tanto, los trabajadores cobrarán el mismo sueldo trabajando 2,5 horas menos. Sin embargo, sí aumentará el valor de la hora trabajada.
- La reducción de jornada semanal generalizada tampoco afectará al salario mínimo 2025 que permanecerá inalterado, salvo nuevas posibles alzas. Por tanto, también la hora trabajada valdrá más para quienes perciban este salario.
- El objetivo es incrementar la disponibilidad de tiempo libre para que cualquier persona pueda ejercer otros derechos y obligaciones distintos de los relacionados con el trabajo, como la corresponsabilidad en los cuidados o la conciliación con la vida personal de forma equitativa entre ambos sexos.
- Se fomenta, además, el desarrollo de otros derechos y actividades que quedan restringidos cuando las jornadas laborales se alargan, tales como como el cuidado de la propia salud, el disfrute de la cultura o la participación ciudadana.
Anteproyecto de Ley para la reducción de la jornada laboral
El pasado 3 de febrero fue aprobado en el Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley para la reducción de la jornada laboral en 2025, que mantiene, en esencia, el contenido del borrador dado a conocer el 20 de diciembre del pasado año. En esta norma se concreta este nuevo derecho y se recoge lo siguiente con respecto a la reducción de la jornada laboral:
- Modificación de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo fijada en el artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET), quedando reducida a 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
- Garantía de que la aprobación de la norma no podrá tener como consecuencia la afectación de las retribuciones ni la compensación, absorción o desaparición de cualquier derecho más favorable o condición más beneficiosa de la que vinieran disfrutando las personas trabajadoras.
- Se fija como plazo máximo el 31 de diciembre de 2025 para que las comisiones negociadoras de los convenios colectivos realicen las adaptaciones necesarias que aseguren el cumplimiento de la nueva jornada laboral.
- Se regulan las consecuencias de la reducción de jornada aplicables a los contratos celebrados a tiempo parcial y a personas trabajadoras con reducción de jornada.
- Se encomienda al Gobierno la creación de una mesa de diálogo social para evaluar el impacto de la reducción de jornada de trabajo llevada a cabo por esta Ley y seguir avanzando en la materia. Esta mesa deberá tener en cuenta las características de cada sector, así como la evolución de la productividad y las distintas circunstancias económicas.
En cómputo anual, se trabajará un total de 150 horas menos al año, pasando de las 1950 actuales a las 1800, si bien habrá que esperar a conocer los detalles de este cambio para valorar cómo afectará a la gestión de nóminas.
Reducción de la jornada laboral y convenio colectivo
Esta medida se engloba en una tendencia generalizada a nivel internacional hacia una reducción de la jornada laboral. En nuestro país, el Estatuto de los Trabajadores (ET) marca una jornada laboral semanal máxima de 40 horas, si bien ya existen determinados convenios colectivos en los que se ha reducido de forma voluntaria la jornada máxima semanal.