La jornada laboral de 37,5 horas semanales promete convertirse en una realidad gracias al gobierno de coalición entre PSOE y Sumar, cuyo pacto incluye, entre otras medidas en materia laboral, la reducción de la jornada laboral máxima legal. Fruto de este compromiso, el pasado 20 de diciembre se hizo público el pacto alcanzado entre Gobierno y sindicatos, así como el borrador de la norma que introducirá esta reducción de jornada.
- La jornada laboral de 37,5 horas semanales
- Borrador de anteproyecto de ley para la reducción de la jornada laboral
- Reducción de la jornada laboral y convenio colectivo
- ¿Cuándo entra en vigor la jornada laboral de 37,5 horas semanales?
- Novedades en la obligación de registro de jornada laboral
- ¿Cuándo se concedió la jornada de 40 horas semanales?
- Soluciones para la gestión de la jornada laboral de 37,5 horas semanales
La jornada laboral de 37,5 horas semanales
Una de las promesas electorales a las que previsiblemente se dará cumplimiento a raíz de la formación del Gobierno de PSOE y Sumar consiste en la reducción de la jornada laboral máxima legal desde las 40 hasta las 37,5 horas trabajadas semanales.
Tras meses de diálogo y negociación, y a falta de conocer los detalles de la futura regulación, existen ciertos puntos ya definidos en el pacto entre ambas fuerzas políticas que se mantienen en el acuerdo firmado por el Ejecutivo y los sindicatos UGT y CCOO el pasado 20 de diciembre de 2024 y que, salvo cambios de última hora, irán incluidos en esta medida.
Son los siguientes:
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Esta reducción de la jornada laboral máxima semanal no implicará una reducción salarial. Por tanto, los trabajadores cobrarán el mismo sueldo trabajando 2,5 horas menos. Sin embargo, sí aumentará el valor de la hora trabajada.
- La reducción de jornada semanal generalizada tampoco afectará al salario mínimo 2025 que permanecerá inalterado, salvo nuevas posibles alzas. Por tanto, también la hora trabajada valdrá más para quienes perciban este salario.
Borrador de anteproyecto de ley para la reducción de la jornada laboral
El pasado 20 de diciembre conocimos el texto del borrador de Anteproyecto de Ley para la reducción de la jornada máxima de la jornada ordinaria de trabajo, el registro de la jornada y el derecho a la desconexión, que concreta este derecho y recoge lo siguiente con respecto a la reducción de la jornada laboral:
- Modificación de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo fijada en el artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET), quedando reducida a 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
- Garantía de que la aprobación de la norma no podrá tener como consecuencia la afectación de las retribuciones ni la compensación, absorción o desaparición de cualquier derecho más favorable o condición más beneficiosa de la que vinieran disfrutando las personas trabajadoras.
- Se fija como plazo máximo el 31 de diciembre de 2025 para que las comisiones negociadoras de los convenios colectivos realicen las adaptaciones necesarias que aseguren el cumplimiento de la nueva jornada laboral.
- Se regulan las consecuencias de la reducción de jornada aplicables a los contratos celebrados a tiempo parcial y a personas trabajadoras con reducción de jornada.
- Se encomienda al Gobierno la creación de una mesa de diálogo social para evaluar el impacto de la reducción de jornada de trabajo llevada a cabo por esta Ley y seguir avanzando en la materia. Esta mesa deberá tener en cuenta las características de cada sector, así como la evolución de la productividad y las distintas circunstancias económicas.
En cómputo anual, se trabajará un total de 150 horas menos al año, pasando de las 1950 actuales a las 1800, si bien habrá que esperar a conocer los detalles de este cambio para valorar cómo afectará a la gestión de nóminas.
Reducción de la jornada laboral y convenio colectivo
Esta medida se engloba en una tendencia generalizada a nivel internacional hacia una reducción de la jornada laboral. En nuestro país, el Estatuto de los Trabajadores (ET) marca una jornada laboral semanal máxima de 40 horas, si bien ya existen determinados convenios colectivos en los que se ha reducido de forma voluntaria la jornada máxima semanal.