Fiscal, Contable y Nómina11 marzo, 2025

Mínimo para hacer la renta 2024-2025: ¿a quiénes afecta?

El mínimo para hacer la declaración de la renta en 2025 ha cambiado, algo que afectará a miles de contribuyentes en este ejercicio. Estos cambios impactan a los contribuyentes con varios pagadores, a pensionistas y a personas que reciben prestaciones por desempleo. Descubre las novedades de la Renta 2024 y los nuevos criterios establecidos para este ejercicio.

¿Cuál es el mínimo para hacer la declaración de la renta en 2025?

El mínimo para la declaración de la renta se aumenta en este ejercicio de ser de 15.000 euros a 15.876 euros en el caso de tener más de un pagador y se mantiene en 22.000 en los casos de tener un pagador único.

A continuación, analizamos los diferentes supuestos en los que afecta este aumento del límite en la obligación de declarar:

  • Obligación de declarar por tener más de un pagador.
    • Si la suma de las cantidades percibidas pero el segundo pagador (y siguientes) no supera la cantidad de 1.500 euros anuales.
    • Cuando se trata de contribuyentes con rendimientos del trabajo procedentes de prestaciones pasivas como pensiones, prestaciones por incapacidad permanente, planes de previsión social ó mutualidades.

    imagen minimo para declarar en la renta 2024

  • Cuando se perciban pensiones compensatorias o anualidades por alimentos que no estén exentas. Según el artículo 17.2.f de la Ley del IRPF las pensiones compensatorias establecidas judicialmente se consideran rendimientos del trabajo para quien las percibe. Por este motivo si al recibir están pensión los ingresos totales superan los 22.000 euros anuales (o los  15.876 euros anuales en caso de haber más de un pagador) estará obligado a realizar la declaración.
  • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener de acuerdo con lo previsto reglamentariamente. Algunos supuestos como el pago a empleados extranjeros, a trabajadores de organizaciones internacionales o sin ánimo de lucro y beneficiarios de rentas con retención reducida o nula están exentos de retener el IRPF.
    En estos casos, aunque el perceptor reciba ingresos exentos por su actividad laboral estará obligado a presentar la declaración de la renta si supera los 15.876.
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención. Los contribuyentes con este tipo de rendimientos deben presentar la Renta si sus ingresos superan los 15.876 euros, aunque solo tengan un pagador. Esto se debe a que el sistema de retenciones a tipo fijo no siempre refleja con exactitud el impuesto final y hace preciso presentar la declaración para regularizar su situación.

¿Cuál es el salario mínimo para declarar renta?

El salario mínimo para tener que presentar la declaración de la Renta 2024-2025 depende de la cantidad y el origen de los ingresos de cada contribuyente. No se trata del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), sino de los umbrales establecidos por la AEAT que hemos comentado en el apartado anterior. Dado que el SMI en 2024 se fijó en 15.876 euros anuales (1.134 euros en 14 pagas) esto supone que un trabajador que cobre exclusivamente este salario de un solo pagador no estará obligado a declarar. 

Si existen más pagadores y la suma del segundo y siguientes supera los 1.500 euros si deberá presentar la declaración. 

Como novedad en este ejercicio también deberán presentar la declaración del IRPF los contribuyentes que hayan percibido prestaciones por desempleo y se mantiene la obligatoriedad para los trabajadores autónomos. 

¿Cuál es el límite para no hacer la declaración de la renta?

La Agencia Tributaria establece diferentes umbrales según el número de pagadores y la naturaleza de los rendimientos percibidos. No existe obligación de declarar en los casos en los que se tenga un único pagador y no se superen los 22.000 euros anuales. 

En los casos con más de un pagador el umbral es de 15.876 euros.

¿Quién no está obligado a hacer la renta en 2025?

Trabajadores por cuenta ajena

Con ingresos inferiores a:

  • 22.000 euros anuales, si han tenido un solo pagador.
  • 15.876 euros anuales, si han tenido más de un pagador, siempre que la suma del segundo y restantes no supere 1.500 euros anuales en total.
Pensionistas y personas que perciban prestaciones pasivas

Siempre que no superen los 22.000 euros anuales, salvo que:

  • Perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  • La retención de su prestación se haya realizado mediante el procedimiento especial regulado en el Reglamento del IRPF.
Contribuyentes que solo perciban rentas exentas
  • Anualidades por alimentos para hijos establecidas judicialmente.
  • Indemnizaciones por despido dentro de los límites legales.
  • Becas públicas y algunas ayudas sociales.

Casos en los que conviene declarar aunque no sea obligatorio

Aunque un contribuyente no esté obligado a presentar la renta, puede ser beneficioso hacerlo si ha tenido retenciones elevadas, ya que podría obtener una devolución de impuestos. 

También puede ser recomendable si se quieren aplicar deducciones por vivienda habitual, maternidad o familia numerosa.


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Zara_BN
Zara Codeseira, especializada en comunicación B2B y en contenidos legales
Zara Codeseira es Licenciada en Musicología con máster en Estrategias de Marketing Digital, habiendo dedicado los últimos 7 años a la generación de contenidos y estrategias de inbound marketing. Especializada en comunicación B2B y en contenidos legales,  RSC y tecnología colabora con diversos medios y agencias de comunicación.
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