Fiscal, Contable y Nómina07 octubre, 2022|Actualizadomarzo 25, 2025

Modelo 037: qué es y quién debe presentarlo

El modelo 037 fue la versión simplificada del modelo 036 de inscripción censal de empresarios, en vigor hasta el pasado 3 de febrero de 2025. Desde entonces, para cumplir con esta obligación fiscal es necesario utilizar el modelo 036, que cuenta con una nueva versión simplificada. Te contamos cómo cumplir con esta obligación tras la eliminación del modelo 037.

¿Qué es el Modelo 037?

El modelo 037 fue la versión simplificada del modelo 036 de declaración censal de alta, baja y modificación para empresarios, profesionales y retenedores, en vigor hasta febrero de 2025. Desde entonces esta obligación fiscal ha pasado a materializarse exclusivamente a través del modelo 036, que cuenta con una nueva versión simplificada.

Este modelo 036 simplificado cumple una función muy similar a la del desaparecido modelo 037 y pueden presentarlo aquellas personas físicas residentes en España que cumplan las siguientes condiciones:

modelo 037 que es y para que sirve
  • Tener asignado un Número de Identificación Fiscal.
  • Su domicilio fiscal debe coincidir con el de gestión administrativa.
  • No ser grandes empresas.
  • No estar incluidos en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido, a excepción del Régimen simplificado, Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, Régimen especial de recargo de equivalencia o Régimen especial del criterio de caja.
  • No figurar inscritos en el Registro de operadores intracomunitarios o en el Registro de devolución mensual.
  • No realizar ninguna de las adquisiciones no sujetas previstas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • No realizar ventas a distancia.
  • No ser sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
  • No satisfacer rendimientos de capital mobiliario.

El modelo 036 declaración censal simplificada se podrá utilizar, entre otras, para las siguientes causas de presentación:

  • Solicitud del alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
  • Modificación del domicilio fiscal y del domicilio a efectos de notificaciones.
  • Modificación de otros datos identificativos.
  • Modificación de datos relativos a actividades económicas y locales.
  • Modificación de datos relativos al IVA o al IRPF.
  • Declaración de baja. 

Novedades modelo 037 en 2025

Las declaraciones censales que corresponda presentar desde el pasado 3 de febrero de 2025 y que cumplan con los requisitos para ser presentadas por la vía simplificada deberán realizarse a través del nuevo modelo 036 simplificado, en lugar del ya derogado modelo 037. 

La desaparición del modelo 037 tiene que ver con el hecho de que las nuevas herramientas de asistencia en materia censal, junto con la mejora de los programas de ayuda a la cumplimentación, permiten que la simplificación que representaba el modelo 037 pueda ofrecerse a los contribuyentes a través del propio modelo 036.

Entre los nuevos servicios de asistencia en materia censal destacan los siguientes: 

  • Informador censal. Ofrece al contribuyente información sobre cómo solicitar el NIF, los distintos modelos de declaraciones censales, forma, lugar de presentación y causas de presentación, así como documentación a adjuntar en cada caso.
  • Buscador de actividades y sus obligaciones tributarias. Informa sobre los grupos o epígrafes en los que se clasifican las actividades económicas incluidas en las Tarifas del IAE (incluye clasificación en el CNAE a título meramente orientativo), así como de otras actividades no incluidas en las tarifas del IAE (actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras), mediante la introducción de una o varias palabras significativas de la actividad, o bien el código de un grupo o epígrafe. También permite determinar las obligaciones tributarias de la actividad realizada por el contribuyente.

Cómo se rellena el Modelo 037 de Hacienda

El modelo 036 simplificado de Hacienda viene a sustituir al modelo 037. En la cumplimentación del modelo se deberá rellenar exclusivamente las casillas con las causas que motivan su presentación: 
Casilla Causa de presentación
111 Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
142 Modificación y baja de datos de teléfonos y direcciones electrónicas para recibir avisos de la AEAT, TEA y DGT. (Página 2A)
122 Modificación del domicilio fiscal. (Página 2A)
124 Modificación y baja del domicilio a efectos de notificaciones. (Página 2A)
125 Modificación otros datos identificativos / dominio. (Página 2A)
127 Modificación de datos relativos a actividades económicas y locales. (Página 4)
131 Modificación datos relativos al Impuesto sobre el Valor Añadido. (Página 5)
132 Modificación datos relativos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (Página 6)
136 Modificación datos relativos a retenciones e ingresos a cuenta. (Página 7)
150 Baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
Fuente: Agencia Tributaria

Cómo presentar el modelo 037 de la AEAT y dónde descargarlo

El modelo 036 simplificado, al igual que ocurría con el modelo 037 (y tal y como sigue ocurriendo con el modelo 036 en general), puede presentarse en impreso o por vía electrónica a través de Internet. La presentación por Internet podrá ser efectuada:

  • Con certificado electrónico reconocido emitido de acuerdo a las condiciones que establece la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Exige que el declarante disponga de Número de Identificación Fiscal (NIF) y esté identificado en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores con carácter previo a la presentación del modelo de declaración.
  • Con la Cl@ve PIN o sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario. Este sistema solo podrá utilizarse por personas físicas.

La presentación en impreso se podrá realizar bien obteniendo el modelo impreso en PDF a través de la Sede electrónica (previa cumplimentación y validación del mismo) o bien en papel preimpreso proporcionado en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria.

La presentación en estos casos se realizará en la Administración o Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del titular de la declaración en el momento de su presentación, mediante entrega directa o enviándolo por correo certificado a las oficinas indicadas.

Para más información puedes consultar nuestro artículo sobre el modelo 036, y el procedimiento para presentar los Modelos 036 y 037 de la Agencia Tributaria. 

Para simplificar la presentación de éstos y otros modelos cuenta con herramientas profesionales siempre actualizadas: descubre el software para asesorías fiscales y contables a3asesor Eco


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¿Cómo obtener una copia del modelo 037 o del modelo 036 simplificado?

Si quieres obtener una copia de un modelo 037 anterior, o bien de un modelo 036 simplificado, la forma más sencilla de obtenerlo es hacerlo a través de la web de la Agencia Tributaria, utilizando tu certificado digital o Cl@ve para identificarte. 

Entra en el área de gestiones relacionadas con el modelo 036, dentro del apartado “Consultar y aportar información”, elige la opción “Modelo 036. Consulta declaraciones presentadas”. Si deseas consultar un modelo 037 ya presentado, el trámite es exactamente el mismo: todos los modelos 037 presentados aparecerán clasificados automáticamente bajo la categoría de modelo 036. 

Una vez dentro de tu área personal, podrás consultar cada uno de tus modelos presentados, que se abrirán en una nueva pestaña para su visualización y que podrás descargar en formato pdf. 

Si alguno de tus datos necesita ser actualizado, puedes presentar un nuevo modelo 036 para modificar tu información censal. Basta con elegir dentro del catálogo de presentaciones la que se ajuste a tus necesidades: 

Para una seleccionando la opción “Actuar en nombre propio”, y elegir a continuación si presentarás un modelo 036 normal o simplificado.

Por último, también es posible solicitar copia del modelo 037 o del modelo 036 de forma presencial, solicitando cita previa en la oficina de la Agencia Tributaria correspondiente a tu territorio.

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